La Dirección del Trabajo (DT) de Chile emite un recordatorio claro y contundente para la segunda vuelta de las elecciones presidenciales: durante el domingo 14 de diciembre de 2025, empleadores y trabajadores deben acatar las normas laborales vigentes para garantizar el derecho al voto sin perjuicio de las labores. En este sentido, se destaca el feriado obligatorio para el comercio y los permisos para sufragio, con un énfasis especial en la fiscalización y las posibles sanciones ante incumplimientos.

Identificación de ideas clave
– Feriado irrenunciable en comercio: los centros comerciales y strip centers deben permanecer cerrados todo el día, cuando son administrados bajo una misma razón social.
– Permiso de 3 horas para votar: todo trabajador que deba laborar tiene derecho a al menos tres horas para sufragio o para excusarse, sin descuento de remuneración ni represalias; existen multas por no otorgarlo.
– Permisos para funciones electorales: vocales de mesa, escrutadores y delegados de Junta Electoral deben contar con un permiso total remunerado.
– Fiscalización y sanciones: la DT realizará inspecciones a nivel nacional y puede imponer multas, además de sancionar el incumplimiento con la pérdida de turnos o permisos.
– Canal de denuncia y antecedentes económicos: hay vías oficiales para presentar denuncias y se pueden establecer multas significativas, con un rango de 3 a 60 UTM por infracciones.

Desarrollo

Feriado irrenunciable en comercio
– Alcance y aplicación: los centros comerciales y strip centers deben permanecer cerrados durante todo el día, siempre que los locales sean administrados por una misma personalidad jurídica. Esta medida busca garantizar que las personas puedan ejercer su voto sin presiones laborales.
– Implicaciones prácticas: si trabajas en un local de un centro comercial que forma parte de una empresa con una sola razón social que administra múltiples tiendas, ese complejo debe permanecer cerrado para la jornada electoral.
– Ejemplo práctico: una cadena de tiendas de moda que opera varias marcas bajo la misma razón social debe suspender todas las ventas y actividades en el centro comercial el domingo electoral para evitar cualquier presión sobre los trabajadores.

Permiso de 3 horas para votar
– Derecho del trabajador: quienes deban laborar el día de la votación tienen derecho a al menos tres horas para ir a sufragar o para excusarse, sin que ello implique descuento de remuneración ni represalias.
– Consecuencias de incumplimiento: las empresas pueden enfrentar multas que oscilan entre 3 y 60 UTM si no otorgan este permiso.
– Casos prácticos: si un empleado debe laborar durante la mañana, la empresa debe facilitar tres horas para que vote; si no puede hacerlo dentro de su jornada, debe permitir el uso de un permiso para sufragio sin afectar su salario.

Permisos para funciones electorales
– Alcance y beneficiaries: los vocales de mesa, los miembros de los colegios escrutadores y los delegados de Junta Electoral tienen derecho a un permiso total con goce de sueldo.
– Importancia de la remuneración: la remuneración durante estos permisos está garantizada para evitar perjuicios económicos por cumplir funciones electorales.
– Sanciones: la negativa a otorgar estos permisos puede acarrear multas en el rango de 3 a 60 UTM.
– Escenarios prácticos: una persona designada como vocal de mesa debe ausentarse de su puesto laboral durante todo el día de la votación y el escrutinio, manteniendo su remuneración.

Fiscalización y sanciones
– Vigencia de la fiscalización: la DT realizará inspecciones a lo largo del país para verificar el cumplimiento de estas disposiciones.
– Antecedentes y antecedentes históricos: en elecciones comparables, la DT ha aplicado multas por montos significativos y ha suspendido turnos de trabajadores por no respetar los permisos de sufragio.
– Monto de las posibles sanciones: las multas oscilan entre 3 y 60 UTM, lo que puede traducirse en montos aproximados desde unos 208.000 hasta 4.172.000 pesos, dependiendo del valor de la UTM vigente.
– Canal de denuncia: para presentar denuncias o consultas, la DT dispone de canales oficiales, entre ellos un canal de atención telefónica disponible de 09:00 a 14:00 horas (600 450 4000). Este mecanismo facilita reportar incumplimientos durante la jornada electoral.

Ejemplos prácticos para contextualizar
– Un centro comercial cuyo grupo empresarial administra varias tiendas bajo una misma firma debe cerrar todas las superficies adheridas a esa razón social, independientemente de si cada local atiende al público de forma independiente.
– Un trabajador que debía laborar en la mañana puede hacer uso de las tres horas de permiso para votar y, si su jornada se reanudara después, continuar su turno sin recibir descuento en su remuneración.
– Un vocal de mesa que cumple sus funciones electorales debe recibir un permiso total con sueldo; negarlo podría activar sanciones administrativas y multas por parte de la DT.

Este marco normativo busca equilibrar la participación ciudadana en las elecciones con la continuidad y el cumplimiento de las obligaciones laborales, garantizando que el proceso democrático transcurra con transparencia y seguridad para empleadores y trabajadores por igual. La claridad de estas obligaciones, junto con la ruta de denuncia y las posibles consecuencias económicas de su incumplimiento, subraya la importancia de actuar con anticipación y rigor en este periodo electoral.

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